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Contrato aprendizaje SENA

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El contrato de aprendizaje SENA es un contrato máximo de dos años que se realiza entre una empresa y un aprendiz SENA para que éste obtenga formación práctica sobre su área de aprendizaje. Este contrato permite que los aprendices SENA tengan unos ingresos mensuales y que las empresas también se beneficien con incentivos empresariales. A continuación le dejamos con más información.

¿Qué es un contrato de aprendizaje SENA?

El contrato de aprendizaje SENA es un contrato especial dentro del derecho laboral pero que no sustituye un contrato de trabajo. A través de este contrato el aprendiz establece un convenio con una empresa para poder seguir su formación. Los aprendices del SENA como parte de su formación, desarrollan una etapa lectiva compuesta por clases teóricas que se reciben en centros de formación, y una etapa práctica en la cual puede realizar contratos de aprendizaje en una empresa para complementar sus conocimientos.

¿Cuánto dura el contrato de aprendizaje SENA?

El contrato de aprendizaje SENA tendrá un término máximo de duración de 2 años a partir de la suscripción del contrato. Aunque el programa formativo tenga una duración mayor, el contrato no podrá ampliarse.

¿Qué empresas deben de realizar contratos de aprendizaje SENA?

Todas las empresas privadas que realicen cualquier actividad económica diferente de la construcción y que cuente con un mínimo de 15 trabajadores, debe de realizar al menos un contrato de aprendizaje SENA por cada 20 trabajadores y 1 contrato adicional por fracción entre 10 y 20 colaboradores.

Por ejemplo, una empresa con 52 trabajadores debe de realizar 3 contratos de aprendizaje SENA con aprendices. 2 contratos por los 40 empleados y 1 aprendiz por los 12 empleados restantes.

¿Cuánto pagan por contrato de aprendizaje SENA?

¿Está obligada la empresa a hacer contratos de aprendizaje SENA?

Las empresas con un mínimo de 15 trabajadores deben de realizar contratos de aprendizaje SENA. Si no desean hacerlo, pueden pagar la monetización mensual y deben informar al SENA de esta decisión. A continuación le dejamos una diferencia de lo que hay que pagar en cada caso. Cuando la empresa monetiza, el cálculo de la cuota se hace según el número total de sus trabajadores pero cuando se realizan contratos de aprendizaje, el número de contratos se calcula sólo sobre un porcentaje de sus trabajadores.

Diferencia del costo entre hacer contrato de aprendizaje SENA y hacer monetización

Costo de la monetización:

  • Número total de trabajadores de la compañía x 5% x 100% de un salario mínimo legal vigente

Costo de contrato de aprendizaje SENA etapa lectiva:

  • 50% del Salario Mínimo legal vigente + EPS

Costo de contrato de aprendizaje SENA etapa productiva:

  • 75% del salario mínimo legal vigente + EPS + ARL

Tipos de contratos de aprendizaje SENA

Existen diferentes modalidades para realizar contratos de aprendizaje:

  • Ejecución del contrato en etapa lectiva y/o práctica con apoyo de sostenimiento:
    • Los aprendices de programas auxiliares, operarios, técnicos y tecnólogos realizan prácticas dentro de una empresa aportando conocimiento, innovación y resultados en la ejecución de sus procesos.
    • Costo para la empresa: Pago de apoyo de sostenimiento de un 50% del salario mínimo legal vigente y de la EPS durante la etapa lectiva y del 75% del salario mínimo, más la EPS y ARL, si la persona se encuentra en etapa productiva.
  • Cesión de contratos por acuerdo de voluntades:
    • Si la empresa no cuenta con un espacio laboral para que el aprendiz realice su etapa práctica, la empresa puede contratar un aprendiz y realizar la cesión de contrato mediante un acuerdo de voluntades a una empresa privada, entidad pública o al SENA.
    • Beneficio: la empresa generar un ahorro frente al costo de monetización
    • Costo para la empresa: Apoyo de sostenimiento equivalente a un 75% del Salario mínimo + EPS + ARL
  • Formación dual
    • La empresa tiene un rol de co-formador. Eso quiere decir que participa activamente en la enseñanza y la evaluación de los aprendices. Los aprendices se forman a través de los tutores de la empresa y los instructores del SENA en centros de formación. Normalmente, media jornada se realiza en el SENA y el resto de la jornada en la empresa. Dependerá del acuerdo de la empresa.
    • Costo para la empresa: pago de apoyo de sostenimiento de un 50% del salario mínimo legal vigente, más la EPS durante la etapa lectiva y del 75% del salario mínimo, incluyendo la EPS y ARL, si la persona se encuentra en etapa productiva.
  • Formación especial empresarial
    • Este programa tiene una duración de 12 meses y permite que las personas realicen la primera parte de su formación durante 6 meses con instructores del SENA y posteriormente ejecuten una práctica en la empresa. La diferencia de esta modalidad y la de la formación dual, es que esta formación no participa en la formación de los aprendices.
    • Costo para la empresa: pago de apoyo de sostenimiento de un 50% del salario mínimo legal vigente y de la EPS durante la etapa lectiva y del 75% del salario mínimo, incluyendo la EPS y ARL, si la persona se encuentra en etapa productiva.

Ventajas del contrato de aprendizaje SENA

Cuando una empresa decide contratar aprendices del SENA disfruta de las siguientes ventajas:

  • Contrata aprendices SENA por lo tanto incorpora a su empresa capacidad crítica, liderazgo etc
  • Tiene un rol co-formador de talento humano
  • Contribuye a que los colombianos accedan a oportunidades laborales, sociales y económicas
  • Apoya el empleo juvenil

¿Se puede suspender un contrato de aprendizaje?

Sí, se puede suspender si las causas son algunas de la siguientes:

  • Licencia de maternidad: En este caso a las aprendices les aplica la estabilidad reforzada de mujer embarazada y se deben de mantener ciertas garantías.
  • Caso fortuita o fuerza: ola invernal, desastres, incendios calamidad familiar soportada etc.
  • Vacaciones colectivas del empleador en etapa: cuándo el aprendiz se encuentre desarrollando la etapa práctica
  • Incapacidad debidamente certificada por la EPS

¿Se puede renovar un contrato de aprendizaje?

No, no se puede renovar. Ni la ley 789 ni el decreto 1072 de 2015 consideran la renovación del contrato de aprendizaje. Si el programa se diseñó para que el estudiante haga una práctica de 6 meses, el contrato tiene que finalizar una vez superados los 6 meses.

¿Cuánto se le paga al aprendiz?

Con el contrato de aprendizaje no se cobra un sueldo. Lo que se paga es una compensasión económica por parte de la empresa patrocinadora. La cantidad dependerá en la fase en la que esté el aprendiz (lectiva o práctica).

Si estoy embarazada, ¿se puede suspender el contrato de aprendizaje?

El embarazo o licencia de maternidad suspende el contrato de aprendizaje por el tiempo que dure. Recuerda que según el acuerdo de 2003 del SENA, se acordaron suspender la licencia según estas situaciones: licencia de maternidad, incapacidades debidamente certificadas, fuerza mayor o vacaciones por parte del empleador.

¿Debo de ser afiliado a la seguridad social?

El aprendiz debe de ser afiliado a la seguridad social. Es un requisito del contrato de aprendiz. Cuando el aprendiz se encuentre en etapa lectiva, debe de ser afiliado a salud. Si se encuentra en etapa práctica, debe ser afiliado a riesgos laborales.

Cuando finaliza el contrato de aprendizaje, ¿voy a recibir un derecho al pago de liquidación?

No. El contrato de aprendizaje no da derecho al pago de liquidación alguna ni tampoco indemnización ni prestaciones sociales.

Más información sobre el contrato de aprendizaje y la regulación de cuenta

Si necesita más información sobre el contrato de aprendizaje SENA le recomendamos que lea detenidamente la cartilla de contrato de aprendizaje y regulación de cuota porque contiene toda la información detallada para los empresarios: diferencia entre contrato de aprendizaje y contrato de trabajo, términos máximos de vigencia, afiliación al sistema de seguridad social, etc.

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